Los bitcoins se pueden usar «como un activo de contraprestación o de intercambio de cualquier transacción», pero «en modo alguno es dinero, o puede tener tal consideración legal»– reza la sentencia del Tribunal Supremo, que confirma la primera condena por estafa con bitcoins en España.
Dicha sentencia impone la pena de dos años de prisión al autor de la estafa. Además, el estafador deberá indemnizar a los damnificados, pero no con bitcoins, sino con el valor en euros que esta criptomoneda tenía cuando se produjo el delito.
Aunque, en principio, pueda parecer que la sentencia es beneficiosa para las cinco víctimas de la estafa que presentaron la acusación particular, según su abogado, realmente puede suponer un perjuicio para ellas. Desde que se cometió el delito, el bitcoin ha ido subiendo de precio, «por lo que al estafador puede llegar a salirle rentable la estafa».
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